Tasa de rendimiento fija anualizada. GAT Nominal 10.10% GAT Real 6.11% Antes de impuestos. Con un monto de inversión de $150,000.00 M.N. a un plazo de 60 días. Fecha de cálculo al 16 de octubre de 2024. Vigencia al 31 de enero del 2025. La GAT real es el rendimiento que obtendría después de descontar la inflación estimada.
Vigencia de la oferta del 1 de diciembre de 2024 al 31 de enero de 2025.
Para recibir los beneficios de la promoción, el Cliente deberá contratar un pagaré HSBC a un plazo de 60 días, con un monto desde $150,000.00 M.N. (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) y hasta $999,999.99 M.N. (Novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) de Dinero Nuevo* para acceder a la tasa de rendimiento fija anual del 95% del valor de CETES** en la contratación (Primer Plazo). Al seleccionar desde la contratación la opción de Renovación Automática, la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el segundo periodo de 60 días (primera renovación) será de 90% del valor de CETES** y la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el tercer periodo de 60 días (segunda renovación) será de 90% del valor de CETES**.
Al contratar a un plazo de 60 días con un monto desde $1,000,000.00 M.N. (Un millón de pesos 00/100 M.N.) y hasta $2,999,999.99 M.N. (Dos millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) de Dinero Nuevo* podrá acceder a la tasa de rendimiento fija anual del 100% del valor de CETES** en la contratación (Primer Plazo). Al seleccionar, desde la contratación, la opción de Renovación Automática, la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el segundo periodo de 60 días (primera renovación) será del 95% del valor de CETES** y la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el tercer periodo de 60 días (segunda renovación) será del 90% del valor de CETES**.
Al contratar a un plazo de 60 días con un monto desde $3,000,000.00 M.N. (Tres millones de pesos 00/100 M.N.) y hasta $5,000,000.00 M.N. (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.) de Dinero Nuevo* podrá acceder a la tasa de rendimiento fija anual del 105% del valor de CETES** en la contratación (Primer Plazo). Al seleccionar, desde la contratación, la opción de Renovación Automática, la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el segundo periodo de 60 días (primera renovación) será del 100% del valor de CETES** y la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el tercer periodo de 60 días (segunda renovación) será del 90% del valor de CETES**.
Al contratar a un plazo de 90 días con un monto desde $150,000.00 M.N. (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N) y hasta $999,999.99 M.N. (Novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) de Dinero Nuevo* podrá acceder a la tasa de rendimiento fija anual del 100% del valor de CETES** en la contratación (Primer Plazo). Al seleccionar, desde la contratación, la opción de Renovación Automática, la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el segundo periodo de 90 días (primera renovación) será del 95% del valor de CETES** y la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el tercer periodo de 90 días (segunda renovación) será del 90% del valor de CETES**.
Al contratar a un plazo de 90 días con un monto desde $1,000,000.00 M.N. (Un millón de pesos 00/100 M.N.) y hasta $2,999,999.99 M.N. (Dos millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) de Dinero Nuevo* podrá acceder a la tasa de rendimiento fija anual del 105% del valor de CETES** en la contratación (Primer Plazo). Al seleccionar, desde la contratación, la opción de Renovación Automática, la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el segundo periodo de 90 días (primera renovación) será del 100% del valor de CETES** y la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el tercer periodo de 90 días (segunda renovación) será del 90% del valor de CETES**.
Al contratar a un plazo de 90 días con un monto desde $3,000,000.00 M.N. (Tres millones de pesos 00/100 M.N.) y hasta $10,000,000.00 M.N. (Diez millones de pesos 00/100 M.N.) de Dinero Nuevo* podrá acceder a la tasa de rendimiento fija anual del 115% del valor de CETES** en la contratación (Primer Plazo). Al seleccionar, desde la contratación, la opción de Renovación Automática, la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el segundo periodo de 90 días (primera renovación) será del 100% del valor de CETES** y la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el tercer periodo de 90 días (segunda renovación) será del 90% del valor de CETES**.
Al contratar a un plazo de 120 días con un monto desde $150,000.00 M.N. (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) y hasta $999,999.99 M.N. (Novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) de Dinero Nuevo* podrá acceder a la tasa de rendimiento fija anual del 100% del valor de CETES** en la contratación (Primer Plazo) y al seleccionar, desde la contratación, la opción de Renovación Automática, la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el segundo periodo de 120 días (primera renovación) será del 90% del valor de CETES**.
Al contratar a un plazo de 120 días con un monto desde $1,000,000.00 M.N. (Un millón de pesos 00/100 M.N.) y hasta $2,999,999.99 M.N. (Dos millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos y 99/100 M.N.) de Dinero Nuevo* podrá acceder a la tasa de rendimiento fija anual del 102% del valor de CETES** en la contratación (Primer Plazo). Al seleccionar, desde la contratación, la opción de Renovación Automática, la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el segundo periodo de 120 días (primera renovación), será del 90% del valor de CETES**.
Al contratar a un plazo de 120 días con un monto desde $3,000,000.00 M.N. (Tres millones de pesos 00/100 M.N.) y hasta $5,000,000.00 M.N. (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.) de Dinero Nuevo* podrá acceder a la tasa de rendimiento fija anual del 105% del valor de CETES** en la contratación (Primer Plazo). Al seleccionar, desde la contratación, la opción de Renovación Automática, la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el segundo periodo de 120 días (primera renovación), será del 90% del valor de CETES**.
En caso de no seleccionar, desde la contratación, la opción de Renovación Automática, no será aplicable la tasa de rendimiento fija anual de promoción en los periodos subsecuentes a la contratación del pagare HSBC.
Al terminar los plazos de la promoción a que se refieren los párrafos anteriores y no realizar cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas, tales como el plazo o el monto de la inversión contratada, la tasa de rendimiento fija anual aplicable en el cuarto periodo de 60 días o el cuarto periodo de 90 días o el tercer periodo de 120 días, según corresponda la oferta contratada, será determinada por HSBC de acuerdo con criterios y políticas vigentes***
La tasa de rendimiento fija anual al momento de contratar, así como las renovaciones subsecuentes de la promoción, y las renovaciones subsecuentes que desea realizar el cliente terminando la promoción***. También será informada al Cliente a través del estado de cuenta del periodo que corresponda a la fecha en que se realice la reinversión, conforme a lo establecido en su contrato.
En caso de modificar la instrucción al vencimiento a Transferencia de Capital e Intereses o realizar cualquier cambio en las condiciones originalmente contratadas, tales como el plazo o el monto de la inversión en cualquier momento de las renovaciones, según el plazo que corresponda, no se otorgará la tasa de rendimiento fija anualizada correspondiente en la renovación automática y en su lugar esta será determinada por HSBC de acuerdo con criterios y políticas vigentes***.
En caso de querer modificar la instrucción al vencimiento se podrá realizar en sucursal poniéndose en contacto con su ejecutivo en cualquier momento durante la vigencia de la campaña o a través de Banca por Internet el día del vencimiento antes de las 19:00 horas.
*Dinero Nuevo se considera dinero que no provenga de cuentas HSBC o transferencias realizadas entre cuentas en HSBC durante el periodo de la campaña, siendo dinero nuevo que ingresa por primera vez como depósito en cualquier cuenta a la vista de HSBC del cliente, así como depósitos de nómina HSBC.
Para esta campaña se requiere que el dinero nuevo sea un incremental respecto al promedio de los 3 meses anteriores, así mismo, no se considera dinero nuevo, cuando el monto incrementado (dinero Nuevo) sea igual o menor a la disminución de monto en un producto de inversión (fondos de inversión o inversión a plazo) en los 3 meses anteriores.
**Valor de CETES se refiere al cálculo del valor de rendimiento de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a 28 días que haya publicado el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha inmediatamente previa a la fecha de la contratación o renovación, del pagaré, según corresponda.
*** Podrá ser consultada en su Banca por Internet en la siguiente liga https://www.hsbc.com.mx o con su ejecutivo de cuenta.